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Conforme lo establece la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, en su artículo séptimo, con excepción de la información reservada o confidencial prevista en esta Ley, los sujetos obligados deberán poner a disposición del público y actualizar, en los términos del Reglamento y los lineamientos que expida el Instituto o la instancia equivalente a que se refiere el Artículo 61 de dicha Ley, entre otra, la información que se detalla en el menú de apartados.
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